Drukpa, Fundación Canaria
Estatutos
La Fundación se regirá por los siguientes estatutos:
CAPÍTULO I. DE LA FUNDACIÓN EN GENERAL.
Artículo I° - Denominación y naturaleza.
Con la denominación de "DRUKPA, FUNDACIÓN CANARIA" se constituye una organización de naturaleza fundacional, sin ánimo de lucro, cuyo patrimonio se encuentra afectado de modo duradero, a la realización de fines de interés general propios de la Fundación.
La Fundación se establece según la Ley 49/2002, de 23 de diciembre, de régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo.
Artículo 2° - Duración.
La Fundación se crea con una duración ilimitada.
No obstante, si en algún momento los fines de la Fundación pudieran estimarse cumplidos o devinieran de imposible cumplimiento, el Patronato podrá acordar su extinción, en los términos legalmente establecidos.
Artículo 3° - Domicilio.
El domicilio de la Fundación se establece en: Lomada Grande, número 35, 38787-Garafía, Isla de San Miguel de La Palma, provincia de Santa Cruz de Tenerife.
Y el ámbito territorial de desarrollo principal de sus actividades es las Islas Canarias, sin excluir actividades nacionales en España o internacionales en todos los países del mundo.
CAPÍTULO II. FINES DE LA FUNDACIÓN.
REGLAS BÁSICAS PARA LA APLICACIÓN DE LOS RECURSOS AL CUMPLIMIENTO DE LOS FINES FUNDACIONALES Y PARA LA DETERMINACIÓN DE LOS BENEFICIARIOS.
Artículo 4°. - Fines Fundacionales y Medios de Desarrollo.
La Fundación tiene por objeto o fines fundacionales la realización de actividades culturales, educativas, divulgativas y de sensibilización social tendentes a la protección y defensa del medio ambiente, así como el desarrollo integral de las personas necesitadas.
Dicho esto, constituyen medios para el cumplimiento de sus fines y actividades de la fundación :
a).- La prestación de un servicio de compañía y asistencia básica (cuidados personales) a personas mayores, enfermos y personas con deficiencias físicas o psíquicas.
b).- Facilitar recursos humanos y materiales para ayudar a los afectados por desastres naturales, y/o actividades humanas.
c).- Colaborar en la ejecución de actividades destinadas a conservar y proteger el patrimonio histórico y cultural en peligro de extinción.
d).- Educar y concienciar a la población local sobre la importancia de la preservación y protección del medio ambiente, mediante la realización de actividades de limpieza y sustento de los recursos naturales así como la celebración de aulas y/o talleres educativos.
e).- La generación, puesta en marcha y difusión de energías alternativas ecológicamente sostenibles, socialmente justas y económicamente viables.
f).- La promoción y fomento del turismo ecológico en casas ecológicas situadas en entornos naturales.
g).- Colaborar con las autoridades públicas y particulares en la gestión responsable tanto de los residuos como de los recursos naturales, desarrollando una labor de conservación de la naturaleza.
h).- La concienciación social para el buen trato a los animales.
i).- La recogida y custodia de animales abandonados.




